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2. Inscribe seudónimos

La inscripción de un seudónimo es personal, no grupal, destinado a ocultar el verdadero nombre y actuar en el mundo de la literatura, el arte y las ciencias

A todos los usuarios  y usuarias del sistema, a nivel nacional e internacional

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN DE SEUDÓNIMOS

El usuario o usuaria tiene como opciones de inscripción:

1. Ingreso de datos en formulario y depósito de la Obra

Ingresa a CRIN para crear una sesión con tu cédula, Clave única, pasaporte o DNI

 

ingreso crin
Una vez que tengas usuario y contraseña, ingresa para inscribir tu seudónimo

Ingresa a la opción, inscribir seudónimo

seudonimos

2. Se desplegará un formulario que debes llenar con tus datos personales, en el tipo de identificación te será requerido un número de identificación personal válido, esto es, aquel que te ha sido asignado en tu cédula de identidad (RUN o RUT), Pasaporte o DNI, atendida tu calidad de Persona Natural, esto es un requisito esencial para definir quién será el titular del respectivo seudónimo. Se desplegarán los datos asociados a ese número de identificación personal en forma automática, en caso de que esto no ocurra, ingresa tus datos con letras mayúsculas. 

 

datos seudónimos
  • En el campo "Verificación de correo", ingresa una dirección de correo electrónico que utilices con frecuencia. El sistema enviará un código de validación a ese correo. Ingresa el código de validación en el campo que se ubica al lado derecho de tu correo electrónico. Si hay una demora en la recepción del código, contacta a algún funcionario o funcionaria del departamento para que pueda validar su correo. 

Datos de Seudónimo

3. Ingresa el nombre del seudónimo que deseas inscribir: 

datos del seudónimo
Información del Solicitante
  • En esta sección, quien está completando el formulario debe optar entre dos alternativas. La opción "Si", se debe seleccionar cuando quién realiza la solicitud, es la misma persona natural que será asociado a la calidad de titular del seudónimo que se desea inscribir.  En cambio, si quién realiza el trámite es una persona natural distinta de aquella que va a ser la titular del seudónimo, debe seleccionar la opción "No", en el entendido que se trata de una persona que simplemente realiza ese trámite por encargo de un tercero y no tiene la calidad de titular del seudónimo.

 

4. Debes escoger alguna de las siguientes opciones: 

acredita o registra
  •  "Acredita Uso Público", esto significa que debes adjuntar al sistema, algún documento que acredite públicamente que la persona natural que será la titular del seudónimo es conocida por el uso habitual de éste, para dar a conocer sus obras o prestaciones artísticas ante el público. Dentro de los documentos que puedes adjuntar a la solicitud de inscripción de seudónimo se encuentran: imágenes de anuncios o noticias publicadas en diarios, revistas, redes sociales (Facebook, Instagram u otro similar), en las cuales quede claramente establecido, la relación del Titular, con el seudónimo solicitado para la inscripción.

 

  • "Registra obra", significa que deberás adjuntar al sistema, una obra firmada con el seudónimo (no deberá incluir el nombre real de la persona natural asociada al seudónimo), la cual deberá ser de exclusiva autoría del o la titular del seudónimo. En otras palabras, no sirve adjuntar una obra elaborada en coautoría. 

Importante: Tratándose de Fonogramas, no procede que éstos se ingresen como parte del presente trámite puesto que ellos no son obras intelectuales y se registran mediante un procedimiento de inscripción diferente.

Por último, ten presente que esta opción, involucra el pago de la inscripción de la obra, como también del seudónimo (10% de una UTM por cada uno) O sea que estarías pagando la inscripción del seudónimo y la obra. 

  • Selecciona la casilla "Ver reglamento", una vez que la hayas revisado, haz un clic en el recuadro correspondiente y presiona "siguiente".
  • Selecciona "continuar ahora" o "continuar más tarde". Recuerda que deberás anotar el código de tu solicitud entregada por la  plataforma CRIN.

Importante: Si seleccionas "Continuar más tarde" podrás retomar tu trámite en otra oportunidad, ingresando el Rut del Solicitante y el Código de solicitud que te asignó el sistema, seleccionando el link "Modificar el registro de una obra que estuviera en proceso de inscripción".

A) Si seleccionaste "Acredita uso público"

acredita

Archivos

En el campo "Indique la vía por la cual hará llegar los archivos al DDI:", debes elegir la forma de entregar el documento (máximo 500 Mega bytes en total) que acredita el uso público (Físico o Digital). Sugerimos en el caso de ser digital, que el formato del archivo sea de fácil acceso, tales como .doc (Word) o .pdf (Acrobat) o jpg.

En "Documentación adicional", puedes adjuntar algún documento aclaratorio del archivo principal (máximo 10 Mega bytes en total).

Selecciona la casilla "ver reglamento", una vez que lo hayas revisado, haz click en el recuadro correspondiente y presiona "continuar ahora". Recuerda anotar el código de tu solicitud.

Confirmar Datos

En esta etapa, se despliegan los datos ingresados para verificación. Al final, aparecen las siguientes opciones:

  • "Continuar más tarde" (Procedimiento explicado más arriba)
  • "Ir a pagar"

Si eliges la opción "Ir a pagar", pasarás a la siguiente sección: 

Resumen de pago

a) El sistema presenta una pantalla con el valor de la inscripción del Fonograma (y del certificado, cuando se requiere). Si la solicitud de inscripción requiere certificado, debes indicar un correo electrónico válido para el envío del certificado digital (dentro de 5 días hábiles). 

b) Luego, selecciona el tipo de pago:

  • Pago en Efectivo: Debes llevar a nuestras dependencias dinero en efectivo, ya que no contamos con sistema RED Compra u otro similar.  Importante: Considerar que al seleccionar la opción "Pago en efectivo", al momento de efectuarse el cobro correspondiente, se aplicará lo dispuesto por la Ley N° 20.956 ("Ley del redondeo"). Esto significa que si la cifra total a pagar termina entre $1 y $5, ella se redondeará hacia abajo, es decir, hacia la decena inferior, y si termina entre $6 y $9, el redondeo será hacia arriba, es decir, hacia la decena superior.
     
  • Pago con Cheque: Debe ser cruzado y extendido por el monto exacto, a nombre del "Servicio Nacional del Patrimonio Cultural".
     
  • Pago con Transferencia / depósito: Debe ser efectuada a nombre del "Servicio Nacional del Patrimonio Cultural"Cuenta Corriente del Banco Estado N° 9002383El RUT institucional es: 60.905.000-4. Al elegir esta opción, deberá adjuntar copia digital del comprobante de pago que su banco o institución financiera le envió por medios electrónicos o digitalizar aquel que recibió de éste al momento de efectuar el depósito del pago. Para tales efectos, presione el botón "Selecciona el archivo" y carga el comprobante correspondiente.
     
  • Pago en Línea: Mostrará un botón "Pagar". Al presionar el botón, se abrirá una nueva ventana en tu buscador, que te lleva al pago en línea mediante la plataforma dispuesta al efecto por la Tesorería General de la República (TGR). Realiza el proceso normal mediante esta plataforma. Una vez terminado el proceso, vuelve a la pestaña de inscripción y presiona el botón "Validar Pago"

Importante: Una vez que hayas efectuado el pago de sus trámites en forma exitosa, recuerda que deberá presionar la opción"Validar Pago" para que nuestra plataforma no deje al trámite "en espera".

Lo anterior es esencial para dar una continuidad al proceso de inscripción y evitar demoras innecesarias. Una vez que realices la validación del medio de pago, haz click en la casilla de verificación (declaración de datos fidedignos) y luego "Enviar", una vez que lo hagas puedes continuar a la etapa siguiente. En todo caso, antes que el trámite realizado se declare como "Finalizado", puedes usar las opciones "volver atrás" o "continuar más tarde".

pago

Para concluir, Selecciona la casilla "Ver reglamento", una vez que lo hayas revisado, haz click en el recuadro correspondiente y presiona "enviar".

 

B) SI SELECCIONASTE "REGISTRA OBRA"

REGISTRA OBRA

Obra

Completa el campo "Nombre de la obra" y clasifica la obra: según su "género" y "tipo de obra".

 Importante: Si desea inscribir una obra literaria, cuyo contenido trata sobre ciencia, debes clasificar tu obra en el campo "genero" como "literatura" y elegir "tipo de obra". De acuerdo a los Tratados Internacionales ratificados por Chile, los Programas Computacionales también deben clasificarse dentro del Genero "Literatura".

Información del o la Solicitante

En la sección que indica "información del Solicitante", quien está completando el formulario debe optar entre dos alternativas. La opción "Si", se debe seleccionar cuando quien realiza la solicitud, es el o la titular del seudónimo que se desea inscribir.

La opción "No", debe seleccionarse cuando quien realiza el ingreso de la solicitud, es una persona que simplemente realiza ese trámite por encargo de un tercero y no tiene la calidad de titular del seudónimo.

Selecciona la casilla "Ver reglamento", una vez que lo hayas revisado, haz click en el recuerdo correspondiente y presiona "siguiente". Recuerda anotar el código de tu  solicitud.

Archivos

Indica cómo depositarás tu obra. Si eliges la opción "Digital", el tamaño máximo de su archivo no debe exceder 500 Mega bytes. Si la obra excede ese tamaño, deberás acompañarla por correo postal o mediante su entrega en forma presencial con el código de solicitud asignado por CRIN. 

En "Documentación adicional", puedes adjuntar algún documento aclaratorio del archivo principal (máximo 20 Mega bytes en total).

 

En esta etapa, se despliegan los datos ingresados para verificación. Al final, aparecen las siguientes opciones:

  • "continuar más tarde"
  • "Ir a pagar"

Si eliges la opción "Ir a pagar", pasarás a la siguiente sección.

Resumen de pago

a) El sistema presenta una pantalla con el valor de la inscripción del Fonograma (y del certificado, cuando se requiere). Si la solicitud de inscripción requiere certificado, debes indicar un correo electrónico válido para el envío del certificado digital (dentro de 5 días hábiles). 

b) Luego, selecciona el tipo de pago:

  • Pago en Efectivo: Debes llevar a nuestras dependencias dinero en efectivo, ya que no contamos con sistema RED Compra u otro similar.  Importante: Considerar que al seleccionar la opción "Pago en efectivo", al momento de efectuarse el cobro correspondiente, se aplicará lo dispuesto por la Ley N° 20.956 ("Ley del redondeo"). Esto significa que si la cifra total a pagar termina entre $1 y $5, ella se redondeará hacia abajo, es decir, hacia la decena inferior, y si termina entre $6 y $9, el redondeo será hacia arriba, es decir, hacia la decena superior.
     
  • Pago con Cheque: Debe ser cruzado y extendido por el monto exacto, a nombre del "Servicio Nacional del Patrimonio Cultural".
     
  • Pago con Transferencia / depósito: Debe ser efectuada a nombre del "Servicio Nacional del Patrimonio Cultural"Cuenta Corriente del Banco Estado N° 9002383El RUT institucional es: 60.905.000-4. Al elegir esta opción, deberá adjuntar copia digital del comprobante de pago que su banco o institución financiera le envió por medios electrónicos o digitalizar aquel que recibió de éste al momento de efectuar el depósito del pago. Para tales efectos, presione el botón "Selecciona el archivo" y carga el comprobante correspondiente.
     
  • Pago en Línea: Mostrará un botón "Pagar". Al presionar el botón, se abrirá una nueva ventana en tu buscador, que te lleva al pago en línea mediante la plataforma dispuesta al efecto por la Tesorería General de la República (TGR). Realiza el proceso normal mediante esta plataforma. Una vez terminado el proceso, vuelve a la pestaña de inscripción y presiona el botón "Validar Pago"

Importante: Una vez que hayas efectuado el pago de sus trámites en forma exitosa, recuerda que deberá presionar la opción"Validar Pago" para que nuestra plataforma no deje al trámite "en espera".

Lo anterior es esencial para dar una continuidad al proceso de inscripción y evitar demoras innecesarias. Una vez que realices la validación del medio de pago, haz click en la casilla de verificación (declaración de datos fidedignos) y luego "Enviar", una vez que lo hagas puedes continuar a la etapa siguiente. En todo caso, antes que el trámite realizado se declare como "Finalizado", puedes usar las opciones "volver atrás" o "continuar más tarde".

 

II. Inscripción Presencial 

A)Ingresa a la primera oficina para solicitar tu número de atención 

B) Completa mientras el formulario disponible en CRIN y anota el código asignado por el sistema, una vez que tengas el número, pasa a la oficina número 2 (Inscripción de Fonogramas, Seudónimos y Contratos).

C) Espera a que te lamen de los módulos de atención, para revisar los antecedentes y, si se cumple con los requisitos establecidos en la Ley 17.336 sobre Propiedad Intelectual y su reglamento, efectuar la correspondiente inscripción.

D) Entrega la cantidad de ejemplares, completos, manuscritos, impresos o reproducidos de la obra (inscripción del seudónimo solicitada con la opción "Registra Obra"), según lo exigido en el artículo 75 de la Ley Nº17.336, sobre Propiedad Intelectual, si haces la entrega del material impreso, debes hacerlo en una carpeta, anillado, encuadernado o empastado o si prefieres entregar una reproducción digital, cargala en CRIN. La otra opción es en CD o DVD en su caja plástica de protección. 

*Sin perjuicio del formato que desees emplear, éste siempre deberá señalar el título de la obra y el nombre del seudónimo solicitado, a la vista y con letra muy clara.

E) Pagar el porcentaje de una UTM de las siguientes maneras: 

  • En efectivo (en nuestras oficinas), debes saber que NO contamos con sistema RED Compra u otro similar.
  • Cheque. Debe ser cruzado y extendido por el monto exacto, a nombre del "Servicio Nacional del Patrimonio Cultural"
  • Transferencia electrónica. (Titular: Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, Rut: 60.905.000-4cuenta corriente BANCOESTADO N°9002383).
  • Entregando copia del comprobante de deposito bancario o caja vecina. 
  • En linea (A través de la Tesorería General de la República).

La asignación de número en el Registro de Seudónimos que gestiona el Departamento de Derechos Intelectuales (DDI) es inmediata una vez que se verifique que la información requerida y los pasos del proceso de inscripción solicitada se han ajustado a la legislación vigente.

El Departamento de Derechos Intelectuales se reserva el derecho de dejar pendientes los registros de aquellos Seudónimos que sean enviados e incluyan un valor menor que el correspondiente al que se deba aplicar al momento de recibir el trámite.

Por tanto, los solicitantes de registros deben programar el pago exacto del valor de inscripción o trámite que estuvieren solicitando, en este caso la inscripción del seudónimo paga por concepto de derecho de inscripción el equivalente al 10% de una Unidad Tributaria Mensual (UTM), más el valor de inscripción de la obra de que se trate.