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8. Solicita copia simple o certificada de obra inscrita

La copia de una obra depositada en el Registro puede solicitarla el  o la titular de la inscripción, un tercero debidamente facultado por el (la) titular, o requerirse por el órgano jurisdiccional competente.
Quien solicita debe indicar: El formato de depósito de la obra (digital/físico) y el número de inscripción de la obra.
 La solicitud se debe gestionar con un funcionario o funcionaria del área de inscripciones mediante correo electrónico
 
Debes considerar que el año en que fue inscrita la obra es determinante, puede que al ser más antigua demore un poco más de tiempo. 

Todas las usuarias y usuarios a nivel nacional e internacional que cuenten con una inscripción en el Registro de Propiedad Intelectual.

La condición esencial para solicitar una copia de obra, es ser titular de la misma, o estar debidamente facultado(a) para actuar como tal.

Al momento de presentar la solicitud, debes acompañar:

  1. Copia simple del documento de identificación del titular y del representante, en su caso. 
  2. Antecedentes de personería, si la solicitud la efectúa un tercero debidamente facultado para tales efectos.
  3. Comprobante de la transferencia/depósito (sólo cuando se solicite copia certificada).
  4. Copia de la orden judicial, en su caso.  

Para una gestión más ágil del trámite, debes presente que:

  •  Cuando son varios los titulares de la obra: la solicitud deberán presentarla todos (as) los titulares (personalmente o representados). En caso que la solicitud se realice mediante un representante, se deberá acompañar copia simple del mandato respectivo. Si retira la copia una persona distinta del titular o del representante del titular, se deberá exhibir copia simple del mandato que lo faculta al efecto. 
  • Cuando el titular de la obra es una persona jurídica, la solicitud siempre debe ir acompañada de los antecedentes de personería respectivos.
  • Cuando el titular de la obra ha fallecido: la solicitud debe (n) presentarla el/los titular(es) derivado(s). Para acreditar la calidad de heredero se deberá acompañar copia simple de la posesión efectiva respectiva. Si la solicitud de copia no es requerida por todos los herederos, se debe adjuntar autorización simple de los herederos que no son parte de la solicitud.  
  • El costo de la copia (simple/certificada) de la obra será de cargo del solicitante. En el caso de la copia certificada física, el solicitante deberá pagar $900 por página a certificar. En el caso de la copia certificada digital, el valor es de $900 por el archivo completo. Se deja constancia que en este último caso, el solicitante deberá proporcionar un CD/DVD virgen al momento del retiro de la copia.  
  •  Al momento del retiro de la copia de obra, se debe proporcionar copia simple de la cédula de identidad de quién retira, y completar y firmar un documento que dejará constancia de la respectiva entrega.