Es posible rectificar (corregir) datos en una solicitud de inscripción o, en una inscripción ya realizada.
- Antes de la inscripción
En la solicitud, es decir, cuando la obra aún no se encuentra inscrita, el operador u operadora asignada al código, debe atender a los requerimientos de rectificaciones en el formulario, en cualquier aspecto, en tanto aquello se ajuste a norma y lleve a la inscripción de la obra de manera rápida sin errores.
- Después de la inscripción
Si la solicitud de rectificación se realizará una vez que la obra ya se encuentra inscrita en el Registro del Departamento de Derechos Intelectuales, en tanto no se refiera a datos personales del titular o del solicitante, sólo puede ser requerida por el titular de los derechos sobre la obra o su representante debidamente documentado.
En el caso de datos personales de personas naturales, no se efectuará cobro, en el caso de datos personales de personas jurídicas, si debe efectuarse el cobro por rectificación de datos.
Para ello, se requiere enviar al equipo de inscripciones el formulario de Rectificación y el comprobante de pago por el equivalente al 10% de una UTM, puedes pagar de las siguientes formas:
· A través de un depósito en la Cuenta Corriente del Banco Estado N° 9002383, a nombre del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural
· Por medio de una transferencia electrónica de Fondos Interbancarios por el monto señalado a la misma cuenta corriente. El RUT institucional es: 60.905.000-4.
Los formularios de rectificación para persona natural y persona jurídica los encontrarás en la sección Formatos